Colabora
Con tu ayuda, por pequeña que sea, podremos mejorar su vida.Colabora con la Fundación Dilaya
Son muchas las personas que sufren las consecuencias de la pobreza extrema. Con tu ayuda podremos ofrecerles educación, asistencia sanitaria, alimentación, agua y protección.
Como particular, puedes hacerte socio de Dilaya, eligiendo un importe y una periodicidad (mensual, trimestral, semestral o anual), o bien optar por una donación puntual. Para cualquiera de las dos opciones cubre el formulario correspondiente que encontrarás a continuación.
Recuerda que puedes desgravar hasta el 80% de tus donaciones en la declaración de la renta.
Muchas gracias por tu ayuda.
HAZTE SOCIO
DONACIÓN PUNTUAL
Otras formas de colaborar
Tu colaboración como socio/a garantiza un apoyo estable a nuestros proyectos: al hacerte socio/a de Fundación Dilaya nos ayudas a seguir atendiendo a miles de personas que viven en contextos de vulnerabilidad.
Transferencia bancaria
A esta cuenta:
SABADELL:
ES87 0081 5243 4700 0191 4293
Bizum
Desde tu móvil con BIZUM, usando el código 08657

Con tus impuestos, multiplicas tu ayuda
Si haces una donación a Dilaya contribuirás a mejorar la vida de muchas personas que viven en condiciones de pobreza, pero, además, si eres un particular, puedes deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración de IRPF, y si eres una empresa, en el Impuesto de Sociedades.
Personas físicas: como particular, tus donaciones de hasta 250€ desgravan un 80%. Por encima de esa cantidad, el porcentaje de desgravación es del 40%, aumentando hasta el 45% si has donado de forma consecutiva más de dos años.
Por ejemplo, si donas 300€ te desgravarás 220€: 200€ por los primeros 250€ y 20€ por el resto de tu aportación.
Personas jurídicas: como empresa, podrás desgravarte un 40% del importe donado. Si llevas más de dos años donando con un importe equivalente o superior, podrás desgravarte hasta un 50%.
Calcula tu beneficio fiscal
La deducción depende de la cantidad y del tipo de usuario.
El resultado que se muestra es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y de aportaciones anteriores a la misma organización.
| Donante | Importe | Deducción |
|---|---|---|
| Persona natural | Hasta 250€ | 80% |
| Resto | 40% | |
| Persona jurídica | Todo el importe | 40% |
La deducción de la cuota íntegra tiene un límite del 10% para personas físicas y del 15% en personas jurídicas, conforme al Real Decreto-ley 6/2023.
La deducción aumenta con un 45% para personas físicas y un 50% para personas jurídicas si la donación se mantiene durante dos años consecutivos.
